La jubilación y los periodos de prestación o subsidio por desempleo

Los periodos de prestación o subsidio por desempleo sirven para la jubilación.

Durante todos los períodos en los que uno ha percibido prestación contributiva ha cotizado por jubilación, ya que el Servicio Público de Empleo Estatal se encarga de ingresar las cotizaciones por esta contingencia.

En el caso de los subsidios por desempleo, cotizan por jubilación:

  • Con base de cotización por jubilación del 125 por ciento del tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento:
    • Los subsidios para mayores de 52 años.
    • Los subsidios de personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del 2-03-2022
  • Con base de cotización del tope mínimo de cotización a la Seguridad Social vigente en cada momento, se cotizará por jubilación los primeros 60 días, en:
    • Los subsidios de personas trabajadoras fijas discontinuas menores de 52 años cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del 2-03-2022, que acrediten 180 días o más de cotización.

Puedes encontrar más información y respuesta a cuestiones relacionadas con el cobro de la prestación o subsidio por desempleo en los enlaces

Fuente: Internet/Prensa.  https://www.sepe.es

Ámbito nacional.