Subsidio por desempleo para mayores de 52 años y Declaración anual de rentas

En su web (noticias), el SEPE advierte de que «Si estás percibiendo el ‘Subsidio por desempleo para mayores de 52 años’ y quieres mantener tu derecho a dicho subsidio, debes justificar que sigues cumpliendo el requisito de carencia de rentas propias presentando cada año una declaración de tus rentas, acompañada de la documentación que lo justifique, ante el Servicio Público de Empleo Estatal».

Debes realizar este trámite cada 12 meses a contar desde:

  • la fecha del nacimiento del derecho al subsidio
  • o desde la fecha en la que lo reanudaste por última vez.

Plazo y formas de Presentación:

  • El plazo para presentar esta declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los doce meses.
    • Si no presentas esta declaración en el plazo indicado, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
    • Si presentas la declaración fuera de plazo, se reanudará el cobro del subsidio, pero con efectos desde la fecha en que entregues dicha declaración.
  • Puedes presentar la declaración anual de rentas:
    • A través de internet en la Sede Electrónica del SEPE (con certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña Cl@ve), si tus ingresos no han superado el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) ningún mes.
    • En tu oficina de prestaciones (previa petición de cita), si no dispones de claves de acceso a internet o tus rentas han superado en algún mes el citado importe.

Más información en los enlaces

Fuente: Internet/Prensa.  http://www.sepe.es

Ámbito nacional.